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El proyecto de Constitución de Duarte
El Patricio asumió la trascendental misión de despertar una nación dormida y
Su Proyecto inconcluso de Constitución revela que Duarte tenía un sólido conocimiento en asuntos constitucionales, y que conocía el pensamiento de los principales teóricos del
constitucionalismo y de algunas constituciones de carácter liberal y democrática.
El manuscrito que ha llegado a nosotros es de apenas diez páginas. Lo conocemos por Rosa Duarte, que nos confiesa que cuando su hermano diseñaba la bandera al colocar la cruz blanca entre los cuarteles azules y rojos, símbolo de la unidad del cristianismo, se produjo una discusión entre Duarte y varios de sus compañeros que no creían en su idea de la unidad de todas las razas y que en rapto de incomodidad rompió la Constitución que escribía, de la que pudo salvar y legar a la historia las referida páginas. Ese Proyecto debió ser escrito en el período de marzo y julio de l844, pues se ha de recordar que en el primero regresó al país del exilio y en el segundo fue expatriado por Santana. Al parecer el Patricio lo había hecho para proponerlo a la asamblea constituyente que al fin se reunió en San Cristóbal sin la presencia del Fundador de la República, injusta y violentamente expulsado del país por el referido déspota.
La noción de la Ley
Llama la atención l concepto de la Ley que el Patricio tenía, la cual está encuadrada y sustentada en el pensamiento más progresista y avanzado de su tiempo, es decir, el liberalismo democrático. Para Duarte es en la Ley y no en las conveniencias de los gobernantes, “en donde hay que encontrar el hilo conductor, insustituible, que habrá de coordinar y armonizar el juego de los intereses individuales y de las aspiraciones comunitarias”.
De conformidad con Rousseau, Duarte consideró que la Ley ha de emanar de “la sola autoridad legítima existente”; a saber: “el Poder soberano del pueblo”, y que ella debe regir en un plano de igualdad “así a los gobernados como los gobernantes”, tanto a las clases avasalladas como a la clase dominante. Ella es la que “da al gobernante el derecho de mandar”, pero es también la que “impone al gobernado la obligación de obedecer”.
Y la autoridad que no está constituida de conformidad con la Ley es ilegítima, lo cual tiene como consecuencia, que no tiene derecho a gobernar ni el pueblo está obligado a obedecerla. El gobernante que asume el poder de conformidad con la ley puede caer en la ilegitimidad cuando la desconozca o la viole, y en este caso no puede ser obedecido. Así Duarte encuadra su pensamiento en Roberto Belarmino, quien consideró que un gobernante puede ser legitímo en sus orígenes, pero ilegítimo en sus ejecutorias.
A consecuencia de lo anterior, percibimos también en Duarte la idea de que el Poder ha de estar limitado por la Ley, y ésta “por la justicia, la cual consiste en darle a cada uno lo que en derecho le pertenezca” . De esta manera el Padre de la Patria restaura el principio del suum cuimqunque tribure, a cada cual lo suyo, que Aristóteles ha definido como la base de la justicia distributiva, como un factor de estabilización social, y que más adelante Ulpiano lo recogerá como un principio básico del derecho positivo.
El Patricio, como bien ha observado, Joaquín Salazar, con impresionante acierto, convirtió la referida noción del filósofo de Estagira del “a cada cual lo suyo” en “una norma de aplicación coercitiva que deja sin sentido las implicaciones negativas que se desprenden del concepto de la explotación del hombre por el hombre”, y este principio “lo convierte en la base de una muy bien fundamentada concepción de la justicia social”.
La idea de la igualdad
El principio roussoniano de la igualdad y la definición de ésta dentro de la legalidad y en contra de los privilegios aristocráticos es una de las principales ideas del pensamiento
liberal democrático. La cual se expresa en el principio de la generalidad de la Ley y en el desconocimiento del fuero personal del clero y el ejército, aunque en nuestro país y en muchos Estados hispanoamericanos, los militares mantuvieron sus privilegios corporativos.
Esta idea roussoniana, y la noción de la Ley elaborada por Monstequieu, se caracteriza por ser general y universal: “La Ley es igual para todos sin distinción de personas y sexos”. Estas ideas son muy perceptibles en Duarte, forman parte del instrumental teórico que utilizó en el diseño de su proyecto de Carta Magna.
sumida en el desaliento y la desesperanza, y a formar conciencia de la viabilidad de su independencia, realizada la gran epopeya nacional el 27 de febrero de l844, dio inicio a la gran tarea histórica de asegurar el funcionamiento del naciente Estado, pues no bastaba sólo con el logro de su emancipación, sino que era necesario establecer los sillares ideológicos y delinear los elementos ideológicos organizativos de la nueva entidad política. Su Proyecto inconcluso de Constitución revela que Duarte tenía un sólido conocimiento en asuntos constitucionales, y que conocía el pensamiento de los principales teóricos del
constitucionalismo y de algunas constituciones de carácter liberal y democrática.
El manuscrito que ha llegado a nosotros es de apenas diez páginas. Lo conocemos por Rosa Duarte, que nos confiesa que cuando su hermano diseñaba la bandera al colocar la cruz blanca entre los cuarteles azules y rojos, símbolo de la unidad del cristianismo, se produjo una discusión entre Duarte y varios de sus compañeros que no creían en su idea de la unidad de todas las razas y que en rapto de incomodidad rompió la Constitución que escribía, de la que pudo salvar y legar a la historia las referida páginas. Ese Proyecto debió ser escrito en el período de marzo y julio de l844, pues se ha de recordar que en el primero regresó al país del exilio y en el segundo fue expatriado por Santana. Al parecer el Patricio lo había hecho para proponerlo a la asamblea constituyente que al fin se reunió en San Cristóbal sin la presencia del Fundador de la República, injusta y violentamente expulsado del país por el referido déspota.
La noción de la Ley
Llama la atención l concepto de la Ley que el Patricio tenía, la cual está encuadrada y sustentada en el pensamiento más progresista y avanzado de su tiempo, es decir, el liberalismo democrático. Para Duarte es en la Ley y no en las conveniencias de los gobernantes, “en donde hay que encontrar el hilo conductor, insustituible, que habrá de coordinar y armonizar el juego de los intereses individuales y de las aspiraciones comunitarias”.
De conformidad con Rousseau, Duarte consideró que la Ley ha de emanar de “la sola autoridad legítima existente”; a saber: “el Poder soberano del pueblo”, y que ella debe regir en un plano de igualdad “así a los gobernados como los gobernantes”, tanto a las clases avasalladas como a la clase dominante. Ella es la que “da al gobernante el derecho de mandar”, pero es también la que “impone al gobernado la obligación de obedecer”.
Y la autoridad que no está constituida de conformidad con la Ley es ilegítima, lo cual tiene como consecuencia, que no tiene derecho a gobernar ni el pueblo está obligado a obedecerla. El gobernante que asume el poder de conformidad con la ley puede caer en la ilegitimidad cuando la desconozca o la viole, y en este caso no puede ser obedecido. Así Duarte encuadra su pensamiento en Roberto Belarmino, quien consideró que un gobernante puede ser legitímo en sus orígenes, pero ilegítimo en sus ejecutorias.
A consecuencia de lo anterior, percibimos también en Duarte la idea de que el Poder ha de estar limitado por la Ley, y ésta “por la justicia, la cual consiste en darle a cada uno lo que en derecho le pertenezca” . De esta manera el Padre de la Patria restaura el principio del suum cuimqunque tribure, a cada cual lo suyo, que Aristóteles ha definido como la base de la justicia distributiva, como un factor de estabilización social, y que más adelante Ulpiano lo recogerá como un principio básico del derecho positivo.
El Patricio, como bien ha observado, Joaquín Salazar, con impresionante acierto, convirtió la referida noción del filósofo de Estagira del “a cada cual lo suyo” en “una norma de aplicación coercitiva que deja sin sentido las implicaciones negativas que se desprenden del concepto de la explotación del hombre por el hombre”, y este principio “lo convierte en la base de una muy bien fundamentada concepción de la justicia social”.
La idea de la igualdad
El principio roussoniano de la igualdad y la definición de ésta dentro de la legalidad y en contra de los privilegios aristocráticos es una de las principales ideas del pensamiento
liberal democrático. La cual se expresa en el principio de la generalidad de la Ley y en el desconocimiento del fuero personal del clero y el ejército, aunque en nuestro país y en muchos Estados hispanoamericanos, los militares mantuvieron sus privilegios corporativos.
Esta idea roussoniana, y la noción de la Ley elaborada por Monstequieu, se caracteriza por ser general y universal: “La Ley es igual para todos sin distinción de personas y sexos”. Estas ideas son muy perceptibles en Duarte, forman parte del instrumental teórico que utilizó en el diseño de su proyecto de Carta Magna.
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